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La nueva ley de extranjería permitirá a los inmigrantes trabajar desde el principio

  • También autorizará a los estudiantes a tener un empleo de 30 horas
  • Se facilita la reagrupación familiar para hijos de hasta los 26 años y parejas no formalizadas
  • Todos los cambios entrarán en vigor a partir de mayo de 2025


El nuevo Reglamento de Extranjería aprobado por el Gobierno el pasado noviembre, y que entrará en vigor en mayo de 2025, autorizará a las personas que tengan el permiso de residencia y a también a estudiantes a trabajar desde el principio.

 Principales cambios de la norma

 Las novedades del Reglamento de extranjería incluyen la posibilidad de obtener el permiso de residencia y el permiso de trabajo a la par. A diferencia de las normativas anteriores, los permisos de residencia ahora incluirán desde el principio la autorización para trabajar, ya sea por cuenta propia (como autónomo) o ajena (contratado), sin necesidad de que la persona realice trámites adicionales. Asimismo, los estudiantes podrán compatibilizar su aprendizaje con un trabajo de un máximo de 30 horas a la semana.

 Obtención del arraigo

 La figura de arraigo presupone que la persona solicitante de papeles tiene vínculos con nuestro país que la sitúan en una situación preferente para conseguirlos. Cuando entre en vigor el nuevo Reglamento, el tiempo de estancia para acogerse a esta figura pasa a ser de dos años, frente a los tres que rigen en la actualidad.

 En cuanto a las modalidades de arraigo, además del el social, sociolaboral, familiar, se introducen otros dos; el formativo y el de segunda oportunidad.

 El primero es el que otorga un permiso de trabajo por cuenta ajena (contratado) durante el tiempo de formación. El de segunda oportunidad significa conceder la posibilidad de regularizarse a quien ya tuvo permiso y lo perdió por distintos motivos.

 Reagrupación familiar

 Este concepto es el que facilita que familiares de inmigrantes puedan viajar a España y reunirse con el residente en nuestro país, para facilitar la unión de la familia. La edad máxima de hijos reagrupables se va a incrementar de los 21 años hasta los 26 años y, además, se va a incluir a las parejas no registradas formalmente que pueda acreditar una relación afectiva.

 Duración de los visados

 Los visados iniciales tendrán una duración de un año y las renovaciones serán de cuatro años. Además, el visado necesario para poder buscar trabajo se amplía de tres a doce meses, de modo que las personas tendrán más tiempo para encontrar empleo.

 Solicitud de asilo

 Esta figura sufre una importante modificación, ya que a partir de mayo, el tiempo permanecido como solicitante de asilo no computará a efectos de residencia para las figuras de arraigo, y, además, será necesario una resolución firme de denegación de asilo.

 Trabajadores temporales

 Los trabajadores temporales tendrán la posibilidad de cambiar de empresa dentro del mismo sector de actividad sin perder su estatus legal. Todo con el fin de evitar situaciones de explotación laboral y fomentar la movilidad dentro del mercado.

Además, se introducen elementos de protección para las víctimas de violencia de género y de quienes sufren abusos laborales. Este último aspecto, mediante la supervisión del cumplimiento de las condiciones pactadas en los contratos de trabajo temporal.

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