Recientemente, el Tribunal Supremo, analizaba en una sentencia las conversaciones y grabaciones aportadas en el caso, con sentencia 753/2024. Unas grabaciones que no siempre se aceptan como prueba en los tribunales. Y que se han convertido en una de las grandes preguntas que muchos clientes hacen a sus abogados. Y es que la complejidad de estas grabaciones, y el uso de las mismas, puede ser determinante en un proceso judicial.
Un caso judicial, que ha llegado hasta el Supremo, planteaba la posibilidad de la impugnación de unas grabaciones como prueba. Ello, debido a que los recurrentes «alegaban que no cumplían los requisitos exigidos por la legislación».
Planteamiento que, sin embargo, no es algo excepcional en los tribunales. Así pues, muchos son los clientes y abogados que, en alguna ocasión, se han encontrado con dudas sobre el uso de estas grabaciones de conversaciones. Especialmente, a la hora de utilizarlas como esencia de un proceso judicial.
«¿Se puede usar una grabación de una conversación privada como prueba en un juicio?
Una pregunta que tiene respuesta afirmativa. Eso sí, con ciertas «pautas». Y es que, a pesar de que estas conversaciones puedan ser la prueba definitiva para demostrar una situación, por ejemplo, de acoso laboral, amenazas, injurias, etc., la forma de obtención y tratamiento de estos datos de audio son claves para su uso en un juicio.
Claves para que la conversación sea «válida»
«Si tú participas en la conversación, y decides grabarla, es legal. Y así, puede ser admitida como prueba.
No se consideran válidas las grabaciones obtenidas «cuando la persona grabada haya sido conducida al encuentro con la premeditada pretensión de hacerle manifestar hechos que pudieran ser utilizados en su contra».
Pautas que demuestran que las grabaciones de una conversación son claves en un juicio. Eso sí, siempre y cuando su obtención sea lícita. Algo que garantiza los derechos, tanto de la parte denunciante, como de la parte acusada.